Avería general, tasas… ¿qué gastos asume el casero?
Contenidos
El equipo de redacción de MAPFRE lleva más de diez años investigando y publicando artículos relacionados con el mundo del hogar, con temáticas como bricolaje, recetas de cocina y limpieza del hogar, entre otras. No te pierdas todos nuestros consejos y guías para hacer de tu casa el hogar con el que siempre has soñado.
Los años de experiencia de MAPFRE en el sector nos avalan como fuente de información veraz y práctica, ayudándote en tus tareas diarias.
Cuando se alquila una vivienda, una vez que se firma el contrato y se entregan las llaves, las situaciones desagradables y de conflicto comienzan a sucederse de una forma muy habitual. En cuanto surge el más mínimo problema, si no hay un acuerdo previo entre casero e inquilino, nace la tensión entre ellos
¿Quién debe hacerse cargo de los gastos derivados de la vivienda? El pago de tasas, seguros, suministros o de una avería general o menor que se produzca en la casa es un asunto que no siempre está muy claro. Por eso, para evitar malentendidos, te contamos qué gastos debe asumir el casero.
El contrato manda
Ya seas inquilino o propietario, a la hora de alquilar una vivienda debes tener claros los gastos que tienes que asumir. En este sentido, el contrato de arrendamiento es el que manda, pero si hay algo que no esté incluido en éste, el vacío queda cubierto con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), donde se recogen las obligaciones que deben contraer ambas partes, y donde se detalla quién debe asumir cada gasto.
Por ello, es muy importante que, antes de firmar el contrato de un inmueble, leas bien lo que pone, ya que la ley impone pocas normas, y se aplica solo en lo que no se precisa en el contrato.
Qué gastos asume el casero
A no ser que el contrato especifique lo contrario, lo normal es que el casero asuma los siguientes gastos:
- El pago del impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), aunque en el alquiler es de renta antigua, el pago corre a cargo del inquilino.
- Los gastos de la comunidad, tanto las cuotas mensuales como las posibles derramas.
- La tasa de basuras.
- El seguro de hogar que, aunque no es obligatorio, sí es muy recomendable tenerlo y sobre todo asegurar el continente.
- Los seguros de mantenimiento de la caldera y otras instalaciones.
- El alta de los suministros de la luz, el agua y el gas.
¿Y en caso de avería general?
Para alquilar un inmueble, éste debe estar siempre en condiciones de habitabilidad. Por ello, cualquier renovación o mantenimiento de algunos de los elementos que componen la casa (tuberías, instalación eléctrica, desagües, calefacción, techos, suelos, etc.) corresponden al casero.
Lo mismo ocurre si se trata de la reparación de una avería general, de un electrodoméstico o en caso de plagas que estén causadas por problemas en las tuberías o en los desagües de la casa.
No obstante, hay que matizar que el casero se hace cargo de la reparación de una avería general en las instalaciones o en un electrodoméstico cuando ésta tiene un gran coste (más de 150 euros) y los daños no pueden achacarse a un mal uso por parte del inquilino.
En cambio, si se trata de una pequeña reparación (menos de 150 euros) causada por el desgaste natural, el pago corre a cuenta del inquilino.
Es decir, el inquilino siempre debe hacerse cargo de los daños que él o sus invitados causen en la vivienda.
En cualquier caso, si existe alguna duda al respecto, lo que nunca debe hacer el inquilino es dejar de pagar la mensualidad, ya que el casero podría demandarle por impago de la renta. En cuando al arrendador, es conveniente que disponga de un seguro de hogar.
Además de ser un apoyo en los impagos, puede serle de gran utilidad en el caso de que tenga que hacerse cargo de las reparaciones.
Comentarios (0)