Ante el planteamiento de la posibilidad de instalar cámaras de vigilancia en la fachada de una casa, la respuesta es que sí es posible, pero hay algunas consideraciones importantes que se deben tener en cuenta para asegurar el cumplimiento de la legalidad y respetar la privacidad de los demás.
Normativa aplicable
La legislación sobre cámaras de vigilancia en España se recoge en una serie de normativas diversas que impactan en esta cuestión y sus condiciones, y se basa en la ponderación de derechos de los implicados o afectados:
- Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Establece las bases para un marco común europeo en materia de protección de datos. Aunque no se refiere específicamente a las obligaciones en materia de videovigilancia, deja la responsabilidad a los Estados miembros de la UE para regular este ámbito.
- Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). Esta ley adapta al marco español la normativa europea. El artículo 22 de la LOPDGDD se refiere a los tratamientos con fines de videovigilancia privada, indicando que las personas físicas o jurídicas pueden llevar a cabo el tratamiento de imágenes a través de sistemas de cámaras o videocámaras para preservar la seguridad de las personas y bienes, así como de sus instalaciones.
- Ley 5/2014 de Seguridad Privada. Esta ley también regula la videovigilancia y establece pautas específicas para su uso en particulares y empresas.
Requisitos para la instalación
Normativa de Protección de Datos
La instalación de cámaras de videovigilancia en la fachada de una vivienda particular debe cumplir, como hemos mencionado, con la normativa de protección de datos vigente en España. Esto significa que hay que seguir ciertos requisitos para garantizar que el uso de las cámaras sea legítimo y respete la privacidad de las personas.
Requisitos para Poner Cámaras en la Fachada
- Aviso: se debe informar a las personas que podrían ser captadas por las cámaras. Cabe colocar carteles en un lugar visible, advirtiendo sobre la presencia de un sistema de videovigilancia.
- Áreas comunes: sólo se autoriza la grabación de imágenes de las áreas comunes pertenecientes a la comunidad. Queda terminantemente prohibida la grabación de espacios públicos o la vía pública, excepto una pequeña porción inmediatamente adyacente a los accesos del edificio.
- Consentimiento de los vecinos: si se reside en un edificio de varias viviendas (bloques de pisos, urbanizaciones, etc.), procede obtener el acuerdo de los vecinos antes de instalar cámaras en la fachada que puedan captar imágenes de zonas comunes.
- Privacidad: es fundamental preservar la privacidad de los vecinos y prevenir posibles disputas legales o conflictos vecinales.
Características Importantes de las Cámaras
- Resolución del vídeo. Una calidad de 1080p es suficiente para visualizar lo que está pasando y funciona bien con redes Wi-Fi estándar.
- Ángulo de visión. Asegurarse de que cubra un área amplia para ver lo que sucede en el entorno.
- Audio bidireccional. Escuchar lo que ocurre y poder intervenir puede ser útil.
- Alertas de movimiento. Interesan tanto en exteriores como en interiores para diferenciar entre movimientos normales y situaciones inusuales.
- Visión nocturna. Permite visualizar lo que sucede en condiciones de poca luz.
¿Qué hacer ante la oposición de los vecinos?
Si hay vecinos que se oponen a la instalación de cámaras de vigilancia en la fachada de una casa, es importante abordar la situación con empatía y respeto. Aquí hay algunos pasos que es recomendable seguir:
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- Comunicación. Hablar con los vecinos de manera amigable y explicar y justificar la conveniencia de la instalación de las cámaras. Asegurar que no se está invadiendo la privacidad y que las cámaras están destinadas a la protección y seguridad de todos.
- Escucha sus preocupaciones. Escucha atentamente las preocupaciones o inquietudes porque pueden estar basadas en errores de percepción o entendimiento. Algunas personas pueden sentirse incómodas con la idea de ser grabadas, incluso si es en áreas comunes.
- Acuerdo mutuo. Intentar llegar a un acuerdo mutuo. Puede ser útil ofrecer ajustar la posición de las cámaras para minimizar la captura de imágenes de sus propiedades o áreas privadas. También se puede considerar limitar la grabación a ciertos horarios o situaciones específicas.
- Cumplir con la normativa. Asegurarse de cumplir con la normativa de protección de datos y privacidad. Si los vecinos aún se oponen, siempre cabe argumentar que se están siguiendo las reglas legales y se está dispuesto a hacer ajustes para respetar sus preocupaciones.
- Mediación. Si no es posible llegar a un acuerdo directo con los vecinos, se puede optar por la posibilidad de buscar mediación. Un mediador neutral puede ayudar a encontrar una solución que beneficie a ambas partes.
¿Cuáles son los derechos de las personas grabadas?
Las personas grabadas por cámaras de vigilancia tienen ciertos derechos que deben ser respetados y que son un límite esencial para la instalación y el uso de las cámaras:
Derecho de Acceso
Cualquier persona puede solicitar una copia de las grabaciones de una cámara de videovigilancia de una ubicación específica donde haya estado en los últimos días. Además, tienen derecho a obtener información adicional, como los fines del tratamiento, las categorías de datos, los destinatarios y los plazos de conservación.
Otros Derechos
Además del derecho de acceso, las personas también pueden ejercer otros derechos ante los responsables y encargados del tratamiento:
- Rectificación: Corregir datos inexactos o incompletos.
- Supresión: Solicitar la eliminación de sus datos personales.
- Limitación del tratamiento: Restringir el uso de sus datos en ciertas circunstancias.
- Portabilidad: Obtener una copia de sus datos en un formato estructurado.
- Oposición: Oponerse al tratamiento de sus datos.
- Oposición a decisiones automatizadas: Rechazar decisiones basadas únicamente en procesos automatizados.
Definitivamente, hay que actuar con cuidado y ser minuciosos con la normativa y las sensibilidades y derechos de todo cuando se pretende llevar a cabo una instalación de cámaras de vigilancia.
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