La fórmula de la vivienda de alquiler con opción a compra
Avada
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Sin duda las viviendas de alquiler con opción a compra son una buena alternativa para quienes no quieren arriesgarse con una hipoteca o quieren estar convencidos del todo de que es la casa que necesitan. Además, para el propietario también tiene muchas ventajas, como por ejemplo ofrecerle una fórmula distinta de vender su inmueble, así como la posibilidad de ir ganando dinero poco a poco.
¿Cómo funciona este tipo de alquiler?
Para beneficiarse de un alquiler con opción a compra es necesario firmar un contrato doble, es decir, uno de alquiler y otro de compraventa. La mensualidad de este tipo de contratos de alquiler no tiene por qué ser más alta que otra normal, aunque sí hay que tener en cuenta que al inicio hay que aportar una prima por la opción a compra y que suele ser mayor que una fianza. Además, en el caso de que el inquilino decida no comprar la vivienda, perderá la prima por completo.
El propietario tiene la obligación de dar un plazo de tiempo y la oportunidad de comprar la vivienda al inquilino (máximo 5 años). Durante este periodo, el dinero que el arrendador ha ido pagando mensualmente se descontará del precio final de la compra si después toma la decisión de adquirirla.
Es muy importante que en los contratos se refleje tanto el precio final de la compraventa, como el plazo que se fija para el alquiler así como la renta mensual del alquiler, junto con otros aspectos que ambas partes consideren importantes. Por tanto, la negociación es tan importante como en cualquier otro contrato.
Este tipo de contratos están aceptados y reconocidos por el Reglamento Hipotecario y por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Por este motivo es muy importante que todas las condiciones queden especificadas claramente en el contrato.
Qué hay que dejar bien establecido en el contrato
Como siempre que firmamos cualquier tipo de contrato hay que tener especial cuidado y revisar todos los puntos. Te damos algunos consejos para que no firmes algo de lo que te puedas arrepentir:
- Una vez que el propietario ha contratado con el inquilino la posibilidad que tiene éste de comprar la vivienda, no se puede negar a ello. Sin embargo, es recomendable inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad para que sea exigible a terceros.
- Es aconsejable consultar con un abogado, antes de firmar, las condiciones que ofrece el dueño del inmueble. Muchas veces, si no es una opción ofrecida por el gobierno, puede tener alguna trampa. Sobre todo hay que valorar las variaciones del precio según el IPC (en algunos sitios estipulan un cambio del precio según las variaciones del IPC y en otros te ofrecen una cantidad totalmente fija).
- No te dejes llevar por la opción a compra y examina la casa y el precio del mismo modo que lo harías como si fueras a alquilar de forma normal.
- Recuerda que, como su propio nombre indica, se trata de una opción a compra, pero nunca una obligación. Por lo que si pasado un tiempo tus cuentas no se ajustan a esta idea, nadie podrá obligarte a adquirir la casa.
En muchas ocasiones, las viviendas de alquiler con opción a compra son una buena alternativa para las dos partes. Sólo tendrás que valorar tus necesidades y consultar tu presupuesto a largo plazo. Recuerda además que siempre puedes contrar un Seguro de Protección de Alquileres MAPFRE para disfrutar con total tranquilidad del arrendamiento de tu vivienda, sea de la modalidad que sea.
Hola Carmen,
Debido a que la VPA (Vivienda protegida de Aragón) está gestionada por la Comunidad Autónoma de Aragón, debes consultar esta duda con el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes de esta Comunidad y que te asesoren para tu caso concreto. Saludos.
Hola buenas.
Llevo un año en una VPA y por motivos de fuerza mayor, tendria que comprarla para no perder todo el capital invertido. La cuestion es, si me concederian una ampliacion de hipoteca para solventar el gran imprevisto que me ha surgido. Gracias.