Existen ciertos edificios que por algún tipo de elemento histórico importante son catalogados como protegidos, normalmente se sitúan en los cascos históricos de las ciudades, pero cada vez más a menudo podemos encontrarlos también en la periferia urbana. Las fachadas protegidas son aquellas cuyo edificio haya sido declarado protegido por la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico, Artístico y Natural (CPPHAN) y pasen a tener algún grado de protección.
Para poder identificarlas, tendremos que acudir a los registros del concejalía de urbanismo de su respectiva ciudad. Habrá que rebuscar un poco, pero sin ningún problema llegaremos al Plan General de Ordenación Urbana que regula las normativas de la zona.
Esta información es totalmente pública y en la mayoría de los casos, podremos acceder a ella mediante Internet, en las propias webs de cada ayuntamiento. Como por ejemplo, en la web del Ayuntamiento de Madrid.
Cómo le afectan las normativas y cuáles son los grados de protección
Además de cumplir con las normativas y ordenanzas del plan general. Tendremos que consultar las fichas urbanísticas del catálogo de edificios y espacios protegidos. En estas fichas se recoge información sobre los elementos protegidos del edificio en cuestión. Así como una descripción general del mismo, definiendo su tipología, su organización general, su fachada, e incluso su autor y su fecha.
A continuación, nos encontraremos con una valoración general sobre los elementos de interés, elementos a conservar y elementos discordantes, y tras unas breves observaciones patológicas, acabaremos con unas recomendaciones de intervenciones y obras.
Junto con esta normativa, suele aparecer alguna información gráfica, que recoge de alguna manera como era el edificio en su origen, su posición urbana, alguna fotografía o incluso planos con sus plantas y alzados de fachada.
Por último, estas fichas se organizan mediante grados de protección ordenados numéricamente y hacen referencia a la normativa aplicable para sus posibles intervenciones.
Posibles obras e intervenciones en una fachada protegida
Atendiendo a lo especificado en el catálogo de edificios, se podrán plantear algunas obras en estas fachadas, como pueden ser obras de restauración o incluso de rehabilitación si el nuevo uso lo demanda. Así como la conservación y mantenimiento de algunas partes en concreto, como pueden ser algunas molduras, las carpinterías o los zócalos.
Licencias urbanísticas para el comienzo de las obras.
Antes de empezar la obra, tendremos que conseguir los permisos pertinentes que tendrá que emitir el ayuntamiento correspondiente. Para ello, es imprescindible la elaboración de un proyecto técnico, redactado por algún experto como podría ser un arquitecto, que defina correctamente las intervenciones que se pretenden ejecutar durante el transcurso de la obra y la representación mediante plantas y alzados del resultado final cuando hayan finalizado las mismas.
Una vez adquiridas las licencias, podremos comenzar la obra y durante este proceso es muy importante hacer especial hincapié en las indicaciones del proyecto, ya que nos van a guiar acerca de como actuar con cada elemento. Por ejemplo, si tenemos que rehabilitar una fachada de piedra, debemos atender a los tipos de piedra especificados, la forma de colocación y los pasos a seguir para su sustitución.
Ejecución de las obras en una fachada protegida.
Para llevar a cabo cualquier obra, es fundamental contar con la presencia de un coordinador que controle el correcto funcionamiento de todo lo especificado en el plan de seguridad. Como podrían ser los elementos de protección personal: cascos, botas y vestimenta o los elementos de protección y seguridad en obra como barandillas o cuerpos de andamios.
Siempre puede existir algún riesgo de desprendimiento o de mala conservación de algún elemento en particular, pero no hay que olvidar que se debe actuar siempre atendiendo a los grados de protección definidos en las fichas. Estas otorgan, normalmente, más nivel de seguridad a unas cosas que a otras.
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