El presidente de la comunidad es junto al administrador, el secretario y la junta, una figura clave encargada de gestionar el buen funcionamiento de una comunidad de vecinos. Se trata del máximo representante de la propia comunidad y, como tal, lo hará en todos aquellos asuntos que afecten a los propietarios.
El cargo de presidente de la comunidad es irrenunciable, según establece la Ley de Propiedad Horizontal. Aunque, como siempre, hay excepciones: enfermedad, edad muy avanzada, incapacidad… Sin embargo, no es tarea sencilla, ya que para que un propietario no ejerza su labor como presidente, tendrá que solicitarlo ante un juez que determine si existen causas justificables para liberarle de su obligación.
Tareas del presidente de la comunidad y duración de su cargo
Lo común es que el cargo se extienda por un año, aunque esta duración dependerá de lo que indiquen los estatutos, que pueden incluso prolongar la actividad de presidente en una misma persona -siempre que los propietarios y el presidente estén de acuerdo-.
El nombramiento del presidente se debe realizar por primera vez en el acta de constitución de la Comunidad y, en las ocasiones sucesivas, en las juntas ordinarias que se celebren.
En el supuesto caso de que exista un administrador de fincas, el presidente se limitará a ir a las juntas de vecinos para autorizar todas las gestiones efectuadas por el administrador: contrataciones de servicios, temas contables, reclamaciones de propietarios, redacción de escritos, emisiones y cobros comunitarios, negociaciones, etc.
En el caso de que no exista la figura del administrador, las funciones del presidente son algo más complejas. Además de representar a la comunidad, debe ordenar y exigir el pago de vecinos morosos si los hubiera, firmar el libro de gastos y presupuestos de la comunidad y, de forma general, cumplir con los acuerdos que se hayan establecido en las diferentes juntas de propietarios.
Si en algún momento hay alguna actividad que resulte molesta en el bloque, o en las viviendas de los propietarios, el presidente es quien debe tomar las acciones judiciales que sean necesarias para que cesen, siempre y cuando se hayan acordado en las juntas.
Acta de reunión de una comunidad de vecinos
Una de las funciones específicas del presidente de una comunidad de vecinos es la de la participación en las actas de reunión de la comunidad de vecinos. El acta de reunión de la comunidad de vecinos es un elemento muy importante para constatar las medidas que se toman de manera consensuada por los propietarios del inmueble, como qué hacer con un vecino que no cumpla las normas o la actualización de algún elemento de la comunidad.
Es la referencia para comprobar qué ha sucedido a lo largo del año y refleja los puntos más importantes tratados en cada reunión grupal. Se podría decir que se trata de una biografía de la comunidad. Además de un carácter informativo, también puede tener aplicaciones legales.
El artículo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal recoge el contenido que debe de incluirse en el acta de la junta de propietarios. La ausencia de algunos de los aspectos que se consideran esenciales en la realización de ésta puede llegar a acarrear su ineficacia y, por lo tanto, su invalidez.
La junta de propietarios es considerada un órgano soberano, y por lo tanto, los acuerdos adoptados deben de plasmarse en el acta de reunión. La inscripción se lleva a cabo en un documento conocido como libro de actas. Este archivo debe de ser redactado por el secretario de la comunidad.
Contenido del acta de reunión de una comunidad de vecinos
Entre los aspectos que legalmente deben de figurar en el acta de reunión de una comunidad de vecinos están:
- Fecha y lugar. Este tipo de datos son esenciales, pues reflejan el momento en el que se tomaron las decisiones. También debe constar el instante en el que se realizó la citación de los vecinos y si se trata de la primera o la segunda convocatoria. Aunque parezca poco relevante, este detalle es muy importante en el acta de reunión, pues a la hora de las votaciones de la junta de la comunidad de vecinos, se necesitará un porcentaje distinto para que se considere una mayoría suficiente.
- Autor de la convocatoria y propietarios que la hayan promovido. Este tipo de reunión puede efectuarse cuando es solicitada por el 35% de los vecinos.
- Constatar si es un acta de reunión de carácter ordinario o extraordinario.
- Asistentes. Listado completo de los vecinos que acuden a la reunión y si lo hacen en carácter personal o de representación. También deben de notificarse las ausencias que se vayan produciendo. Aunque no es un requerimiento legal, también es interesante incluir aquellos propietarios que asisten al evento pero que no tienen derecho a voto por no estar al corriente con el pago de los gastos de la comunidad.
- Orden del día. En el acta de reunión de una comunidad de vecinos, debe de especificarse los puntos de la convocatoria y aquellos que se han tratado en el encuentro. Sin embargo, es preciso recordar que, al no ser que sea una decisión consensuada por todos los propietarios, no se pueden llevar a cabo acuerdos que no estén reflejados en la convocatoria. Se deben indicar aquí los presupuestos para realizar cualquier mejora en la comunidad o la reparación de alguna avería y las cuentas de la misma en la que se incluirán las deudas de cada propietario y las medidas a tomar. Por último, se abrirá un espacio para ruegos y preguntas de los vecinos que deberá ser anotado en el acta.
- Acuerdos adoptados. El documento debe de incluir las decisiones tomadas y el número de votos recibidos, tanto a favor como en contra.
- Firmas. Para que un acta de reunión de una comunidad de vecinos sea válida, debe de contar con la rúbrica del presidente y del secretario. Con la firma del libro se certifica que los acuerdos adoptados pasan a ser ejecutivos.
La participación en las actas de reunión de la comunidad de vecinos es la función más importante de todo presidente, ya que él es el encargado de mantener la concordia entre los vecinos y es su representación legal ante cualquier incidente en el edificio.